viernes, julio 26, 2024

Hacienda aclara que pago reclamado por Municipalidad de Asunción no corresponde

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  • Ministerio de Hacienda

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Asunción, IP Paraguay.- El requerimiento de la Municipalidad de Asunción en concepto de la Ley  3941/2010 de “Capitalidad” no corresponde, ya que se han cancelado todas las obligaciones no prescriptas desde la fecha establecida por dicha normativa legal, aclaró el ministro sustituto de Hacienda, Manuel Caballero, según refiere un boletín de prensa de la mencionada institución.


La gacetilla de prensa indica que la suma que reclama actualmente la Administración municipal corresponde a periodos fiscales que se encuentran prescriptos y que, en base a las leyes impositivas vigentes y al Convenio Interinstitucional firmado entre ambas instituciones,  no pueden ser exigibles al Estado paraguayo. Por tanto, considera importante remarcar los siguientes puntos: 

1.    El Ministerio de Hacienda (MH) y la Municipalidad de Asunción firmaron el 26 de setiembre del 2011 un Convenio Interinstitucional, en el marco de la Ley N° 3941/2010 de “Capitalidad” que ordena el pago de las deudas pendientes de la Administración Central y de los Entes Descentralizados con la Municipalidad de Asunción. 

2.    La cláusula sexta del Convenio Interinstitucional de referencia textualmente dispone: “Obligaciones Exigibles: Solo podrán ser exigibles en pago al MH las tasas, impuestos y contribuciones de los Organismos y Entidades del Estado (OEE) que no se encuentren prescriptos a la fecha de vigencia de la Ley No. 3941/2010 . Asimismo, tampoco se podrá solicitar en pago aquellos conceptos tributarios que tengan a su favor el beneficio de exenciones y exoneraciones objetivas o subjetivas a la fecha de vigencia de la Ley No. 3941 del 10 de mayo de 2010”.

3.    La normativa en materia impositiva establece que las acciones para cobro de los tributos prescriben a los 5 años. La Municipalidad de Asunción ha solicitado el pago de deudas tributarias desde el año 1990 al 2011, incluyendo periodos afectados por el plazo de prescripción. 

4.    El Ministerio de Hacienda ratifica que corresponde regularizar las obligaciones NO PRESCRIPTAS a favor de la Municipalidad de la Capital (periodo 2005/2010). Los periodos anteriores, por encontrarse afectados al plazo de prescripción no pueden ser regularizadas, salvo causas de interrupción o suspensión hasta la fecha aún no certificadas por parte de la Municipalidad de Asunción. 

5.    A través de la Nota MH N° 4, fechada el 03 de enero de 2012, esta Secretaría de Estado ha procedido a remitir el monto total resultante de la conciliación realizada para los Organismos de la Administración Central y Entes Descentralizados a la Municipalidad de Asunción. Según se ha informado, el monto total conciliado equivale a G. 36.063.741.825 (Guaraníes Treinta y Seis Mil Sesenta y Tres Millones Setecientos Cuarenta y Un Mil Ochocientos Veinticinco).  

6.    Esta cifra (los G. 36.036.741.825) es inferior al monto de G. 40.000 millones (cuarenta mil millones de guaraníes) transferidos por el Ministerio de Hacienda a la Municipalidad de Asunción, en concepto de adelanto.

Finalmente el comunicado aclara a la opinión pública que no se encuentra pendiente monto alguno a favor de la Municipalidad de Asunción y la diferencia resultante a favor de la Administración Central, será utilizada para cancelar obligaciones futuras.

 

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